TUS DERECHOS COMO CONSUMIDOR DEL SECTOR INMOBILIARIO

De acuerdo con el artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), el sector inmobiliario se conforma de diversos tipos de proveedores, como son fraccionadores, constructores, asesores inmobiliarios y cualquier otro profesional que intervenga en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación. Profeco vigila y verifica a estos proveedores para asegurar que sus prácticas comerciales sean adecuadas y brinden información completa y veraz al consumidor.

El proveedor de vivienda está obligado a:

Registrar su contrato de adhesión ante Profeco, para poder comercializarlas.

Ofrecerte una garantía mínima de cinco años para cuestiones estructurales, tres años para impermeabilización y un año para los demás elementos. Por lo que debe realizar, sin costo, cualquier reparación por vicios ocultos en el tiempo que dure la garantía.

No solicitarte ningún pago o anticipo hasta que esté definida y escrita la relación contractual, excepto lo relativo a gastos de investigación.

Cumplirte con las fechas de entrega, las características del inmueble, los acabados y accesorios que se establecieron en el contrato. Además, debe mostrarte una maqueta o proyecto ejecutivo del inmueble, así como acreditar que cuenta con permisos y licencias para la construcción y que el bien se encuentre libre de gravámenes.

Si resulta que incumplió y se niega a compensarte, presenta una queja ante Profeco. El sector inmobiliario está dentro de los 10 con más quejas ante la Procuraduría. En lo que va del año, las empresas que ocupan los cinco primeros lugares en la lista negra por número de quejas son:

Tu patrimonio al mejor postor

Si tu casa está siendo constantemente visitada por posibles compradores, seguramente recibirás varias propuestas. Cuando alguna te satisfaga, se procede a la firma del contrato de compraventa. Una vez firmado el contrato y recibido el anticipo, tienes un plazo – que debe estar especificado en el contrato – para elaborar, firmar la escritura y entregar el inmueble a su nuevo propietario.

En ese lapso: Debes entregar al notario la documentación en regla que te acredita como dueño (que listamos anteriormente), por lo cual solicita un recibo de todos los documentos que entregues.

Los valuadores de la notaría visitarán la propiedad.

Deberás liquidar los adeudos de luz, agua y otros servicios y gastos originados con fecha anterior a la escrituración del inmueble, aunque su cobro sea posterior.

Antes de la escrituración, solicita a la notaría un desglose de los pagos a tu cargo y de los que corren por cuenta del comprador.

A la firma de la escritura

1 Llega temprano para evitar cualquier imprevisto.

2 Lleva contigo las llaves del inmueble para poder hacer entrega de la posesión del mismo al comprador.

3 Por seguridad de ambas partes, la liquidación de la operación se hace preferentemente en la notaría mediante cheque de caja o certificado.

¿Qué hace un notario?

Es el encargado de dar certeza jurídica tanto a la parte vendedora como a la compradora, según lo siguiente:

A Revisa la validez de todos los documentos presentados para verificar la viabilidad de la operación.

B Obtiene, del Registro Público de la Propiedad y de la tesorería estatal, las constancias que acreditan la libertad de gravamen del inmueble y que el propietario está al corriente en sus pagos.

C Calcula, recauda y paga los impuestos que cause la compraventa.

D Expide una copia certificada de la escritura con todos sus comprobantes y tramita su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, donde se registra al nuevo propietario.

E Cobra los derechos de avalúos, gestorías y demás gastos que genere una escrituración.

Pago de impuestos

Las operaciones inmobiliarias causan ISR. No obstante, esto podrá exentarse siempre que el vendedor haya habitado el inmueble durante los últimos dos años y no haya vendido otra propiedad en los últimos cinco, lo cual se comprueba al presentar:

A Boletas de predial y agua pagadas, cuando menos de los últimos cinco años.

B Recibos de luz o teléfono de los últimos dos años.

“La vivienda es una de las necesidades básicas del ser humano, es la base territorial de la familia, su “centro”; en ella se llevan a cabo una gran cantidad de actividades cotidianas. Representa el bien patrimonial más importante para cualquier persona, pareja o familia. Es por ello que adquirir una o deshacerse de ella no es una tarea sencilla. Aquí te damos los detalles para facilitarte la operación.”

Deja un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked *